Cali, Colombia.- La Secretaría de Movilidad de Cali ha desmentido las versiones sobre una supuesta orden de captura y encarcelamiento para su titular, Sergio Javier Moncayo Velásquez. Rumores difundidos en medios digitales y redes sociales indicaban que el funcionario sería arrestado por presunto desacato a una acción de tutela. La entidad emitió un comunicado oficial para aclarar el panorama jurídico y calmar la inquietud ciudadana.

Decisión judicial en primera instancia y sin firmeza

El origen de la confusión se remonta a un auto interlocutorio emitido el pasado 24 de septiembre por el Juzgado 23 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cali. Esta providencia sancionaba al secretario Moncayo con tres días de arresto por un presunto incidente de desacato, relacionado con el incumplimiento de un fallo de tutela interpuesto por la ciudadana Alexandra Janet Munevar Mesa, quien exigía respuesta a una petición.

Sin embargo, el equipo jurídico de la Alcaldía de Cali ha precisado que esta orden de arresto no se encuentra en firme y, por tanto, no puede ser materializada. Gean Carlos Guerrero Villegas, abogado penalista de la Secretaría de Movilidad, explicó que la decisión del Juzgado 23 fue proferida en primera instancia y, conforme al mandato legal, fue remitida en grado de consulta al superior jerárquico. La entidad puntualizó en su comunicado que «esta decisión no se encuentra ejecutoriada ni constituye una decisión definitiva, razón por la cual no se puede hacer efectiva». La Administración Distrital ya ha activado los mecanismos de defensa judicial para solicitar el desistimiento o la inaplicación del auto.

Sin implicación penal por fraude procesal

Otro de los puntos que generó especulación fue la orden del juzgado de remitir copias a la Fiscalía General de la Nación. Ante esto, el abogado Guerrero Villegas aclaró que dicha remisión «no implica responsabilidad penal ni la comisión de un delito». El jurista explicó que, aunque el despacho judicial remitió el expediente a la Fiscalía, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha establecido en su jurisprudencia que, para que se configure el delito de fraude a resolución judicial, debe existir la utilización de medios fraudulentos o artilugios dolosos para burlar la justicia.

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Guerrero Villegas enfatizó que «el incumplimiento a esta sanción obedeció a un tema de congestión administrativa, más que a un actuar fraudulento por parte del secretario para omitir dicho deber», descartando así cualquier tipificación penal contra el funcionario.

Llamado a la verificación informativa

La Secretaría de Movilidad reiteró su respeto por las decisiones de la Rama Judicial y aseguró que continuará actuando dentro de los márgenes del debido proceso. La entidad hizo un llamado a los medios de comunicación, líderes de opinión y a la ciudadanía en general para que verifiquen la información con las fuentes oficiales antes de difundirla. El objetivo es evitar la propagación de noticias falsas que puedan afectar la tranquilidad institucional y la confianza en la administración pública.

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