La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha atribuido responsabilidad a un grupo de diez antiguos integrantes de los bloques Sur y Oriental de las extintas Farc. Se les señala por la comisión de crímenes contra cinco pueblos indígenas de las regiones de la Amazonía y la Orinoquía, ocurridos durante el conflicto armado.

La decisión fue emitida el 12 de octubre por la Sala de Reconocimiento de Verdad. Este proceso se enmarca en el subcaso Amazonía y Orinoquía del Caso 09, el cual investiga delitos no amnistiables perpetrados contra comunidades y territorios étnicos entre 1996 y 2016.

Pueblos indígenas afectados y crímenes imputados

Los pueblos reconocidos como víctimas colectivas en este caso son los Nükak Baká, Korebajü o Koreguaje, Siona o Zio Bain, Hitnü y Jiw. La JEP ha determinado que la violencia no solo impactó la vida e integridad de los miembros de estas comunidades, sino que también afectó sus sistemas de gobierno propio, sus prácticas culturales y espirituales, y su conexión con sus territorios ancestrales.

La Sala de Reconocimiento imputó a los diez comparecientes crímenes de lesa humanidad, incluyendo exterminio, asesinato, desaparición forzada, traslado forzoso, tortura y persecución. Adicionalmente, se les atribuyeron crímenes de guerra, como homicidios, desplazamientos forzados, el empleo de minas antipersonal y daños al medio ambiente natural.

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Patrones de violencia identificados

La investigación de la JEP estableció la existencia de dos patrones principales en la comisión de estos crímenes:

  1. Control social y territorial

    Este patrón se caracterizó por ataques dirigidos a autoridades, líderes y personas dentro de las comunidades indígenas que eran señaladas de colaborar con grupos adversarios. El objetivo era ejercer control social y territorial. Gobernadores, caciques, sabedores, médicos tradicionales, docentes y otros líderes fueron víctimas de homicidios, torturas, desapariciones y desplazamientos por oponerse a los intereses de la antigua guerrilla.

    • El 25 de julio de 1997, integrantes de los frentes 15 y 49 de las Farc ingresaron al resguardo indígena San Luis, en Milán, Caquetá, y asesinaron a siete autoridades, líderes y comuneros, entre ellos el cacique Reimundo Figueroa y dos docentes.
    • El 4 de septiembre del mismo año, cuatro hombres, incluyendo la autoridad tradicional Alejandro Piranga Pizarro, fueron asesinados en el resguardo de San José del Cuerazo. Estos eventos provocaron desplazamientos masivos y desestructuraron los sistemas de gobierno del pueblo Korebajü.
  2. Crímenes en el contexto de hostilidades

    Este segundo patrón incluyó el uso de minas antipersonal en territorios indígenas y ataques que resultaron en contaminación ambiental, así como afectaciones a sitios considerados sagrados por las comunidades.

Exmiembros de las Farc imputados

Entre los exintegrantes de las Farc llamados a reconocer responsabilidad se encuentran tres exmiembros del último Secretariado:

  • Milton de Jesús Toncel Arredondo, conocido como ‘Joaquín Gómez’
  • Jaime Alberto Parra Rodríguez, alias ‘El Médico’
  • Julián Gallo Cubillos, conocido como ‘Carlos Antonio Lozada’

También fueron señalados Elmer Caviedes, alias ‘Albeiro Córdoba’; Fabián Ramírez Cabrera, conocido como ‘Fabián Ramírez’; Floresmiro Burbano, alias ‘Martín Corena’; Darío Lee Díaz, conocido como ‘Robledo’; Luis Enrique Montes, alias ‘Euclides Bermúdez’; Gustavo Cuéllar Pajoy, conocido como ‘Manuel Político’, y Liberman Imbachi Chilito, alias ‘Norbey Ramírez’.

La JEP precisó que ninguno de los diez comparecientes tenía investigaciones penales abiertas en la justicia ordinaria por los hechos abordados en esta decisión.

Próximos pasos del proceso

Los diez comparecientes disponen de un plazo de 30 días hábiles para reconocer o controvertir su responsabilidad, presentar observaciones, aportar pruebas y pronunciarse sobre su participación individual en los crímenes que se les atribuyen.

Si reconocen su responsabilidad y aportan verdad plena, la Sala podrá convocar una audiencia pública de reconocimiento y luego remitir el caso al Tribunal para la Paz, el cual podrá imponer sanciones propias. En caso contrario, el proceso podría ser trasladado a la Unidad de Investigación y Acusación para el procedimiento adversarial correspondiente.

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