Bogotá, Colombia – Una propuesta legislativa de alto impacto ha sido presentada ante el Congreso de la República, buscando establecer la prohibición de terapias y procedimientos médicos destinados a la afirmación o cambio de género en menores de edad en Colombia. La iniciativa, impulsada por un grupo de congresistas, argumenta la necesidad de proteger a la niñez colombiana frente a decisiones médicas con potenciales consecuencias irreversibles.
Detalles del Proyecto de Ley y sus Proponentes
El proyecto, liderado por los congresistas Andrés Forero, Carol Borda y Luis Miguel López, entre otros, tiene como objetivo principal impedir el acceso de niños, niñas y adolescentes a tratamientos de transición de género. Esto incluye la administración de bloqueadores de pubertad, tratamientos hormonales y cualquier procedimiento quirúrgico con fines de cambio de sexo.
El senador Andrés Forero explicó que la base de la propuesta radica en un «principio de prudencia médica» y «precaución». Según Forero, la evidencia científica actual sugiere posibles efectos irreversibles de estos tratamientos, lo que justifica una intervención legislativa para salvaguardar el bienestar de los menores.
La iniciativa ha sido bautizada como ‘ley Laura’, en referencia a un caso específico. Forero detalló que Laura fue una menor de edad que, «sin suficiente información y sin haber dado su consentimiento informado, pues finalmente se practicó este tipo de terapias y tuvo unos daños irreversibles para su vida». Este caso, según los proponentes, subraya la vulnerabilidad de los menores ante decisiones médicas de esta magnitud.
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Los congresistas fundamentan su propuesta en la premisa de que un menor de edad carece de la madurez y la capacidad necesaria para tomar una decisión de tal trascendencia como un cambio de sexo. «Consideramos que una persona menor de edad que no es capaz o no está en condiciones de votar según nuestro marco legal y constitucional, pues tampoco está en condiciones de practicarse este tipo de terapias y procedimientos», indicó uno de los impulsores del proyecto.
Este argumento establece un paralelismo entre la capacidad legal para ejercer derechos políticos fundamentales y la capacidad para consentir procedimientos médicos que alteran de manera significativa la identidad biológica y el desarrollo corporal.
Medidas y Sanciones Propuestas
El articulado del proyecto de ley contempla un régimen de sanciones para aquellos profesionales de la salud e instituciones que infrinjan la futura norma. Las medidas propuestas son contundentes y buscan asegurar su cumplimiento:
- Para profesionales médicos: «El médico que preste, ordene, practique o ejecute alguno de los procedimientos prohibidos incurrirá en falta grave contra la ética médica». La investigación y sanción se realizarán bajo los mecanismos de la Ley 23 de 1981, pudiendo llegar hasta la suspensión del ejercicio de la medicina por un término máximo de cinco años, dependiendo de la gravedad y reincidencia.
- Para instituciones de salud: «Las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que autoricen, financien, faciliten o toleren las conductas señaladas también podrán ser sancionadas administrativamente por la Superintendencia Nacional de Salud». Estas sanciones podrían incluir la suspensión o revocatoria del certificado de habilitación respectivo.
Excepciones y Clarificaciones
Es importante destacar que el proyecto de ley no busca restringir la atención médica integral necesaria para niños, niñas y adolescentes en todos los contextos. El articulado precisa que la prohibición no afecta el acceso a la atención conforme a la lex artis y demás disposiciones jurídicas.
Asimismo, se establecen excepciones claras para casos médicos específicos:
- Pubertad precoz clínicamente diagnosticada.
- Alteraciones congénitas, genéticas o cromosómicas que afecten directamente el desarrollo sexual del menor.
En estos casos, los procedimientos deben estar debidamente autorizados para dichas indicaciones o contar con el respaldo regulatorio correspondiente. Finalmente, el documento aclara que su ámbito de aplicación responde exclusivamente al deber constitucional de protección reforzada de niños, niñas y adolescentes y que no constituye una aprobación ni regulación sobre las intervenciones médicas de afirmación de género en personas mayores de edad.
Contexto Político y Social en Colombia
La presentación de este proyecto de ley se inscribe en un contexto de creciente polarización ideológica en Colombia, donde debates sobre derechos sexuales y reproductivos, así como la autonomía corporal, ocupan un lugar central en la agenda pública y legislativa. El actual gobierno de Gustavo Petro ha impulsado una agenda progresista en varias áreas sociales, aunque no directamente relacionada con este tema específico, lo que ha generado una reacción y un contrapeso de sectores más conservadores en el Congreso. Este tipo de iniciativas legislativas no solo buscan establecer marcos regulatorios, sino también reflejan y alimentan un debate más amplio sobre los límites de la intervención estatal en la vida privada y las decisiones familiares, particularmente en temas sensibles que involucran a la niñez. La discusión de este proyecto será un termómetro de las tensiones sociales y políticas que atraviesan al país en torno a la definición de derechos y protección de grupos vulnerables.
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