Un decreto presidencial que busca regular la protesta social en el país ha sido objeto de demandas ante el Consejo de Estado por parte de varios congresistas. El documento, firmado por el presidente Abelardo de la Espriella, es calificado por los parlamentarios como «regresivo e inconstitucional».
Acciones legales para la nulidad del decreto 1525
Los congresistas Laura Daniela Beltrán ‘Lalis’ y Alejandro Ocampo, ambos del Pacto Histórico, anunciaron la presentación de acciones legales con el objetivo de lograr la nulidad del decreto 1525 del 2026. Sus críticas se centran en las restricciones que impone la normativa a la protesta.
El senador Ocampo enfatizó que cualquier restricción al derecho a la protesta debe ser respetuosa de la ley. De acuerdo con sus declaraciones, una manifestación solo debería ser disuelta bajo «condiciones estrictas de gravedad y necesidad».
Competencia legislativa y naturaleza de la protesta
Desde la bancada de Dignidad y Compromiso, la senadora Jennifer Pedraza argumentó que la facultad para limitar el derecho a la protesta recae exclusivamente en el Congreso, y debe hacerse mediante una ley estatutaria. Esta posición sugiere que el decreto presidencial extralimita las competencias del Ejecutivo.
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🔥 Lo más vendido en TemuToca para ver precios y ofertas →La senadora Pedraza también se refirió a la naturaleza de la protesta, señalando que, si bien es pacífica, puede ser «disruptiva». Explicó que «bloquear una vía no es un delito por si solo», y criticó que el Gobierno justifique sus medidas con «cifras gremiales que él mismo reconoce como no verificables».
Contexto del decreto
La firma del decreto por el presidente De la Espriella se produjo poco antes de la realización de una jornada de protestas programada para el día 14 de octubre, la cual se convoca en oposición al mandatario.
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