Nuevas directrices de austeridad administrativa regirán en el sector público con el propósito de disminuir y optimizar los recursos destinados al funcionamiento estatal. La instrucción, emitida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) bajo la administración del Gobierno de la Espriella, introduce restricciones directas sobre el personal de libre nombramiento y la contratación por prestación de servicios.
Tope del 60 % para empleos de libre nombramiento
Las instituciones estatales tendrán que adecuar la provisión de puestos catalogados como de libre nombramiento y remoción a un límite que no podrá superar el 60 % de las plazas autorizadas por ley que admitan designación.
La normativa dictada por el Dapre precisa que dentro de dicho cálculo no se contemplarán determinadas jerarquías institucionales ni situaciones operativas particulares:
- Ministro y director de departamento administrativo.
- Viceministro y subdirector de departamento administrativo.
- Cargos de provisión jurídicamente obligatoria o que resulten fundamentales para el funcionamiento continuo de labores esenciales, siempre con justificación explícita.
Contar con disponibilidad de presupuesto o con una plaza vacante no constituirá justificación para tramitar incorporaciones. Los organismos tendrán la obligación de sustentar la exigencia funcional del cargo, descartar la duplicidad de tareas, detallar el efecto sobre las finanzas públicas y argumentar el vínculo de la designación con los objetivos del Gobierno.
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🔥 Lo más vendido en TemuToca para ver precios y ofertas →Previo a elevar peticiones de nuevo personal, las entidades deberán revisar opciones internas, entre ellas:
- Redistribución de las cargas de trabajo.
- Esquemas de movilidad interna del personal.
- Uso de capacidades institucionales ya disponibles.
- Simplificación operativa e implementación de herramientas de automatización e interoperabilidad.
Freno a los contratos de prestación de servicios
En lo referente a la vinculación de personas naturales bajo modalidades de servicios profesionales y apoyo a la gestión, se estableció un marco de referencia cuantitativo. Los entes gubernamentales deberán utilizar como línea base la totalidad y el costo acumulado de los convenios suscritos a lo largo de los periodos 2025 y 2026.
Tomando como base ese registro, la planeación de contratos futuros tendrá un límite máximo fijado en el 25 %. La directriz exige documentar y dejar abierta a revisión la fórmula aplicada, impidiendo inflar artificialmente las bases o duplicar cuentas entre diferentes años.
El instructivo admite salvedades frente a estos porcentajes únicamente ante eventos sustentados por escrito que señalen costos, plazos, bases jurídicas y la imposibilidad de resolverlos con el personal en planta. Dichas salvedades aplican en:
- Mandatos de carácter legal o sentencias judiciales.
- Atención de emergencias y servicios esenciales.
- Funciones de protección y seguridad.
- Proyectos provistos de financiación o asignación específica.
- Compromisos de alcance internacional y otras contingencias indispensables.
Controles periódicos y entrada en vigor
Con frecuencia trimestral, los departamentos administrativos y los ministerios reunirán las cifras sectoriales relativas a las plantas de libre nombramiento autorizadas y ocupadas, además de la cantidad y valor monetario de los contratos con personas naturales. Dichos informes integrarán los datos de referencia de 2025 y 2026, las salvedades tramitadas, los cálculos de ahorro financiero y los ajustes correctivos.
El Dapre asumirá la vigilancia periódica de estos reportes en ejercicio de sus facultades de coordinación gubernamental. Todas las medidas señaladas en la circular empezarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2027.
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