El gobierno De la Espriella ha implementado nuevas directrices en materia de comercio exterior, enfocándose en la prohibición de importaciones de ciertos productos. A través del Ministerio de Comercio, se anunció una medida que restringe la entrada de bienes elaborados bajo condiciones específicas de trabajo.
Restricción a mercancías por trabajo forzoso
La normativa emitida por el gobierno De la Espriella establece la prohibición del ingreso al territorio aduanero nacional de cualquier mercancía que haya sido, en su totalidad o en parte, extraída, producida, manufacturada o transformada utilizando trabajo forzoso u obligatorio. Esta medida afecta a todas las fases de la cadena de suministro, incluyendo la extracción, el cultivo, la cosecha, la manufactura, el ensamble, el procesamiento y el acabado de los productos.
Según el decreto, las mercancías identificadas bajo estas condiciones serán consideradas como mercancías prohibidas. En consecuencia, estarán sujetas a las regulaciones, controles, procedimientos y demás consecuencias jurídicas previstas para este tipo de bienes en la Ley 2586 de 2026 y otras normativas aduaneras aplicables.
Definición de trabajo forzoso según la normativa
El gobierno De la Espriella ha adoptado la definición de trabajo forzoso u obligatorio del Convenio No. 29 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual fue aprobado en Colombia mediante la Ley 23 de 1967. Por trabajo forzoso se entenderá «todo trabajo o servicio exigido a una persona bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicha persona no se haya ofrecido voluntariamente».
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🔥 Lo más vendido en TemuToca para ver precios y ofertas →No obstante, la regulación establece exclusiones claras sobre lo que no se considerará trabajo forzoso u obligatorio, basándose también en los criterios de la OIT:
- El trabajo o servicio requerido en virtud de las leyes sobre el servicio militar obligatorio, siempre que esté destinado a labores puramente militares.
- El trabajo que forme parte de las obligaciones cívicas normales de los ciudadanos.
- El trabajo exigido a una persona como resultado de una condena pronunciada por sentencia judicial, siempre que este se realice bajo la supervisión y control de las autoridades públicas y que dicha persona no sea entregada o puesta a disposición de particulares, compañías o entidades jurídicas de carácter privado.
Vigilancia y aplicación
La nueva normativa del gobierno De la Espriella asigna a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) la responsabilidad de llevar a cabo los procesos de vigilancia necesarios para asegurar el cumplimiento de esta prohibición y evitar la entrada de los bienes afectados.
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