Manizales, Caldas. La Corte Constitucional ha emitido una sentencia que otorga protección especial al mural “Las cuchas tienen razón”, ubicado cerca del Parque de las Aguas en Manizales. Esta decisión, de alto calado jurídico y social, obliga a las autoridades locales a implementar medidas que eviten cualquier intento de borrado o sabotaje de la obra, reconociéndola como una expresión de memoria histórica y un ejercicio legítimo de libertad de expresión.
El mural: Un símbolo de resiliencia y búsqueda
El mural “Las cuchas tienen razón” es una manifestación artística que rinde homenaje a las víctimas de desaparición forzada durante el conflicto armado colombiano, particularmente a las madres buscadoras. Su origen se remonta a los hallazgos de restos óseos en La Escombrera de la Comuna 13 de Medellín, un sitio emblemático de la barbarie paramilitar y estatal. La frase y el retrato de dos madres buscadoras plasman la persistencia y la dolorosa labor de estas mujeres que, por décadas, han denunciado las inhumaciones clandestinas y exigido verdad y justicia.
En el contexto colombiano, donde la memoria histórica ha sido un campo de disputa constante, estos murales se convierten en “contramonumentos” públicos que interpelan a la sociedad sobre un pasado que muchos buscan silenciar u olvidar. La protección constitucional del mural no solo resguarda una obra de arte, sino que ampara el derecho a la memoria de las víctimas y la libertad de expresión de quienes la construyen.
Medidas de protección y sanciones específicas
La sentencia de la Corte Constitucional es explícita en sus mandatos:
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🔥 Lo más vendido en TemuToca para ver precios y ofertas →- Protección inmediata: La Alcaldía de Manizales y la Policía Metropolitana deberán implementar un protocolo básico de reacción inmediata para prevenir la intervención, sabotaje o borrado del mural durante seis meses.
- Campañas pedagógicas: La Defensoría del Pueblo Regional Caldas y la Personería Municipal de Manizales tienen la tarea de crear campañas pedagógicas territoriales. Estas campañas deben destacar la importancia de preservar expresiones artísticas que visibilizan violaciones graves de derechos humanos y el valor de la labor de las madres buscadoras.
Concejal de Medellín debe ofrecer disculpas públicas
La decisión judicial también aborda directamente un incidente ocurrido el 1 de febrero del 2025, cuando el concejal de Medellín, Andrés Felipe Rodríguez Puerta, cubrió el mural con pintura negra y divulgó el hecho en redes sociales. La Corte le ordenó a Rodríguez:
- Publicar una disculpa pública en su cuenta de X y otras redes sociales.
- Reconocer la naturaleza legítima de la frase y el mural como ejercicio de libertad de expresión y memoria de las víctimas.
- Admitir el carácter inexacto de sus afirmaciones sobre una supuesta instrumentalización política.
- Mantener la disculpa fijada en sus perfiles por un mínimo de treinta días.
- Abstenerse de convocar, promover o realizar acciones destinadas a borrar o sabotear expresiones artísticas de memoria, así como de emitir mensajes estigmatizantes o revictimizantes.
Negativa a tutela que buscaba el borrado del mural
En paralelo a estos hechos, el 7 de febrero del 2025, el ciudadano César Augusto García Valencia interpuso una acción de tutela contra la Alcaldía de Manizales. García alegaba que el mural vulneraba sus derechos a la salud mental y la convivencia, por considerar que la frase incitaba al odio y la polarización. La Corte resolvió negar este amparo y declaró improcedente la tutela, reiterando así el valor de la expresión artística como herramienta de memoria y crítica social.
Contexto en el suroccidente colombiano: Una región marcada por el conflicto
La protección de este mural en Manizales resuena profundamente en el suroccidente colombiano, una región que ha sido trágicamente afectada por diversas manifestaciones del conflicto armado. Localidades cercanas como Cali, Popayán y sus áreas rurales han sido escenarios de masacres, desplazamientos forzados y desapariciones. La lucha de las madres buscadoras y los colectivos de víctimas en el Valle del Cauca, Cauca y Nariño por encontrar a sus seres queridos y mantener viva la memoria es una constante. Estos murales, a menudo anónimos o colectivos, se convierten en elementos de resistencia y denuncia en un paisaje urbano que no siempre está dispuesto a reconocer estas heridas históricas. La sentencia de la Corte, en este sentido, establece un precedente importante para la protección de la memoria y la libertad de expresión en un país que, aún hoy, busca cerrar las heridas de un conflicto que dejó millones de víctimas.
Relevancia de la decisión judicial
La decisión de la Corte Constitucional va más allá de la protección de una sola obra de arte. Reafirma el poder simbólico del arte como vehículo para la memoria, la denuncia y la garantía de derechos humanos en Colombia. Además, envía un mensaje claro sobre la ilegalidad de borrar o sabotear estas expresiones, validando el derecho de las víctimas y sus representantes a construir narrativas públicas sobre el conflicto armado y sus consecuencias.
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