La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha impuesto multas que superan los 2.600 millones de pesos a tres destacadas empresas del sector de publicidad y marketing en Colombia. La sanción se produce tras una exhaustiva investigación que reveló supuestos acuerdos y coordinación en su participación en al menos cuatro procesos de contratación pública llevados a cabo por entidades nacionales y territoriales entre 2019 y 2023. Esta decisión subraya el firme compromiso de las autoridades por salvaguardar la transparencia y la libre competencia en la adjudicación de contratos estatales, un pilar fundamental para el buen uso de los recursos de todos los colombianos.

Hallazgos Clave: La Trama de la Colusión

La investigación de la SIC, que culminó con la Resolución No. 36450 de 15 de mayo de 2026, identificó comportamientos irregulares por parte de Constructora de Marcas S.A.S., Sintonizar Medios S.A.S. y Haute Protocole S.A.S. en licitaciones públicas. Estos procesos, que manejaban presupuestos entre 3.500 y 6.000 millones de pesos, estaban destinados a la contratación de servicios esenciales como publicidad, comunicaciones institucionales, mercadeo y organización de eventos para el sector público. La entidad encontró indicios de que estas empresas, en lugar de competir, habrían orquestado su participación para manipular los resultados.

Uno de los casos más flagrantes, según la SIC, ocurrió en un proceso de la Superintendencia Nacional de Salud. Allí, se evidenció cómo una de las empresas facilitó a otra las hojas de vida de seis de sus trabajadores, incluido un representante legal suplente, para que pudiera cumplir los requisitos técnicos de la convocatoria. Esta práctica, según la autoridad, demuestra una clara intención de apoyar a un supuesto competidor, viciando la genuina concurrencia de ofertas.

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Subcontratación Sospechosa y Asesoría Legal Compartida

Más allá de la ayuda mutua para cumplir requisitos, la SIC también detectó patrones de subcontratación entre las empresas investigadas una vez que se había adjudicado un contrato. Esto significa que la firma ganadora terminó contratando a otra de las involucradas para ejecutar parte del trabajo, lo que refuerza la hipótesis de un acuerdo previo. Además, se hallaron pagos denominados “Comisiones Supersalud 2019”, que representaban aproximadamente el 6% del valor de uno de los contratos, sirviendo como prueba adicional de estas operaciones irregulares.

Un punto crítico en la investigación fue el uso de los mismos asesores jurídicos externos para elaborar las propuestas de las tres compañías en las licitaciones. La SIC señaló que una misma abogada preparaba simultáneamente documentos para las tres firmas, a pesar de que estas se presentaban como contendientes. Esta situación es una señal de alarma, ya que en un entorno de competencia real, cada empresa debería desarrollar su propuesta de manera independiente y confidencial.

El Impacto de “Cover Bidding” y las Consecuencias de la Colusión

La colusión, definida como acuerdos secretos entre empresas que deberían competir para manipular un proceso de contratación, tiene repercusiones directas en el erario público. Al limitar la competencia, se reducen las posibilidades de que el Estado obtenga mejores precios y servicios, o una mayor variedad de oferentes, afectando en última instancia la calidad de los servicios públicos.

La SIC identificó en este caso la estrategia conocida como “cover bidding” o “ofertas de cobertura”. En esta práctica, una o varias empresas presentan propuestas que parecen válidas, pero de antemano están diseñadas para perder, con el objetivo preestablecido de favorecer a un competidor específico. Aunque externamente el proceso parezca competitivo, el resultado ya está predefinido, lo que constituye un engaño al sistema de contratación pública y una afectación a los principios de igualdad y libre concurrencia. Las multas impuestas no solo buscan castigar la infracción, sino también desincentivar futuras conductas anticompetitivas.

Precedentes y el Compromiso de la SIC

Las empresas sancionadas y las personas naturales que autorizaron, facilitaron o hicieron parte del proceso incurrieron en una infracción del numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992. Este marco legal es fundamental en la defensa de la competencia en Colombia y ha sido utilizado en diversas ocasiones para sancionar prácticas anticompetitivas.

La Superintendencia de Industria y Comercio ha intensificado su vigilancia en esta materia. Durante la actual administración, se han adelantado 16 investigaciones por posibles prácticas anticompetitivas en contratación pública, con sanciones que ya sobrepasan los 68 mil millones de pesos. Esta cifra resalta la magnitud del problema y la determinación de la entidad para combatirlo. La SIC ha reiterado su compromiso de fortalecer las investigaciones sobre acuerdos ilegales, especialmente en aquellos procesos que manejan elevados volúmenes de recursos públicos.

La decisión de la SIC envía un mensaje contundente al sector empresarial: la colusión y las prácticas anticompetitivas no serán toleradas en los procesos de contratación pública. Esta acción es crucial para asegurar que los recursos estatales se gestionen de manera eficiente y transparente, beneficiando a todos los ciudadanos y fomentando un ambiente de sana competencia que impulse el desarrollo del país. Se espera que este tipo de sanciones sirvan de escarmiento y promuevan una cultura de legalidad y ética en el entorno comercial colombiano.

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